Ley de Medios: el marco legal
La aprobación de la nueva Ley de Medios Audiovisuales (26.522) por una amplia mayoría, de 44 a 24 votos en el Senado, limita la concentración de medios, además de promover y garantizar la diversidad y el pluralismo. Reemplaza a la impuesta en 1980 por la dictadura militar y tiene como finalidad regular los servicios de comunicación audiovisual, tal como recomiendan los organismos internacionales de defensa y promoción de la libertad de expresión.
Promueve la producción de una diversidad de contenidos nacionales y locales e incluye exigencias mínimas de producción nacional, local y propia, así como condiciones precisas para la formación de cadenas de emisoras, para limitar la centralización y uniformización de la programación en unos pocos grupos empresariales de la ciudad capital hacia el resto del país. Además limita la cantidad de licencias que puede tener una misma persona o empresa, a nivel nacional y en una misma área de cobertura.
Otro aspecto a destacar es el reconocimiento expreso de tres sectores: estatal, comercial y sin fines de lucro, garantizando la participación de las entidades privadas sin fines de lucro con una reserva de 33% del espectro radioeléctrico, y la inclusión de procedimientos simplificados para otorgar licencias para los pueblos originarios, a los que se considera personas de derecho público.
Dentro del sector sin fines de lucro, la ley reconoce expresamente a la radio y la televisión comunitaria como "actores privados que tienen una finalidad social y se caracterizan por ser gestionadas por organizaciones sociales de diverso tipo. Su característica fundamental es la participación de la comunidad tanto en la propiedad del medio, como en la programación, administración, operación, financiamiento y evaluación. Se trata de medios independientes y no gubernamentales".
Establece no imponer límites previos y arbitrarios a los medios comunitarios, y que puedan acceder a una diversidad de fuentes de financiamiento, incluida la publicidad comercial y recursos estatales. Como medios independientes que son, se limita a un máximo del 30% de su presupuesto el financiamiento que estos medios pueden recibir de fondos públicos para evitar su captura y condicionamiento por parte de los gobiernos.
Asimismo, se considera adecuado que los mecanismos de asignación de frecuencias contemplen y prioricen entre sus criterios la función social, el apoyo a sectores vulnerables y a proyectos de interés social y la realización de concursos diferenciados para el otorgamiento de licencias del sector sin fines de lucro.
El proyecto de ley fue discutido en numerosos foros públicos durante meses. Finalmente fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 10 de octubre del 2009.
Érica Díaz
Egresada de la Carrera de Periodismo en 2009.
16/03/2010
Comentarios: contenidos@eter.com.ar
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